viernes, 9 de octubre de 2009

Aborto procede solo en casos de malformaciones

Aborto procede solo en casos de malformaciones
El aborto eugenésico que se pretende despenalizar está referido solo a casos de graves malformaciones físicas o psíquicas, como el de los fetos sin cerebro (anencefálicos), que indefectiblemente van a morir dentro o fuera del útero materno, precisó ayer la abogada Rosa Mavila. La representante del Colegio de Abogados de Lima ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal hizo referencia así a la modificación aprobada por ese grupo de trabajo, que busca eliminar la pena de cárcel para las mujeres que aborten cuando existan malformaciones congénitas y en caso de violación sexual.Mavila indicó que la iniciativa en ningún caso busca legalizar el aborto indiscriminadamente y promover esa conducta.
Participación del médico
“El proyecto dice claramente que no hay penalización cuando el aborto es practicado por un médico, previo diagnóstico especializado con el consentimiento de la mujer embarazada y cuando existe una grave malformación de un feto que morirá sí o sí.”En el caso del embarazo que es consecuencia de una violación sexual, sostuvo que la mujer violada “no es una santa ni una heroína” para tener un hijo que no solo no es deseado sino que es producto de una traumática agresión sexual.

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