viernes, 23 de octubre de 2009

Polémica por decisión de no distribuir gratuitamente píldora del día siguiente

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Juan Vergara Gotelli, explicó esta noche que el fallo donde se prohíbe al Ministerio de Salud la distribución gratuita de la píldora del día siguiente, responde a que no se ha despejado la duda de si es abortiva o no.
El magistrado remarcó que se optó por esta medida ante las dudas que existen. “En virtud a lo que dicen ambas posiciones, no hemos llegado al convencimiento de que sea o no abortiva (…) pero ante la duda está el derecho a la vida”, anotó.
El titular del TC indicó que el referido fallo representa una decisión definitiva y que no hay posibilidades de apelar a la sentencia.
Del mismo modo, negó que el fallo dado por el Tribunal Constitucional discrimine a las mujeres de escasos recursos que no podrán comprar esta píldora, como lo dijo el decano del Colegio Médico del Perú (CMP), Julio Castro Gómez.
Vergara Gotelli sustentó que la decisión del TC solo se aplica en las instituciones de salud pública, debido a que el extender esta prohibición a los laboratorios y a las farmacias particulares se encuentra fuera de sus atribuciones.
EN CONTRA
Además de decir que la medida del TC afectará principalmente a las mujeres más pobres del país, el decano Castro Gómez calificó la decisión como lamentable e hipócrita.
“Estoy sorprendido por esta lamentable decisión que no ha tomado en cuenta las opiniones de las organizaciones de salud más representativas en el Perú y en el mundo (…) todos ratifican que esta píldora no es abortiva”, comentó a RPP.
Añadió, además, que “es una hipocresía total” que las mujeres que sí tienen recursos puedan adquirir la píldora libremente en boticas y farmacias, en tanto que las mujeres más pobres, que son las que acuden a los establecimientos del Ministerio de Salud, se ven privadas de evitar un embarazo.
Como se sabe, el TC informó esta tarde que invalidó la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada píldora del día siguiente, ordenando al Ministerio de Salud se abstenga de desarrollar tal política pública. Esto por considerar que no se ha demostrado la inexistencia del efecto abortivo, la inhibición de la implantación del óvulo fecundado en el endometrio.

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