jueves, 29 de octubre de 2009

Una duda razonable (PDS).


Por: José Chávez-Fernández Filósofo

Como era de esperarse, las ONG —que usando el rótulo de feministas impulsan más bien el aborto irrestricto en el Perú— han puesto el grito en el cielo respecto del fallo del Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe la distribución estatal gratuita de la píldora del día siguiente (PDS). Por mi parte, no estoy de acuerdo con todos los fundamentos que esgrime el TC, pero concuerdo en lo sustancial: el concebido lo es desde la fecundación y la ciencia no ha podido demostrar que la PDS no le produzca la muerte, por lo que debe prohibirse su distribución.Se ha acusado injustamente al TC de clerical y de fundamentalista, como si tal cosa se desprendiera de la lectura de los fundamentos técnicos de la sentencia. Creo que es evidente para quien haya leído desapasionadamente la misma que el debate ha sido duro. Un fallo en clara mayoría (5-2), pero que en sus votos singulares expresa que los magistrados discutieron los temas formales y de fondo sin poder ponerse de acuerdo. Hubo, a mi juicio, dos temas medulares para resolver la cuestión: a) el estatuto jurídico para la legislación peruana del cigoto u óvulo fecundado b) la existencia en la PDS del tercer efecto antiimplantatorio que reconocen como posible los mismos fabricantes del fármaco.Creo que es precisamente esa disputa al interior del TC lo que evidencia la corrección del fallo en mayoría por prohibir la distribución de la píldora: el TC acepta que ambos temas medulares son objeto de disputas, pero se decanta por actuar protegiendo al más débil dada la duda razonable sobre los efectos del fármaco. No está dispuesto a permitir que se dañen los derechos fundamentales del concebido. ¿Qué otra cosa se podía esperar de quien tiene el deber constitucional de ser el máximo guardián de los derechos fundamentales en el Perú? Lo que llama la atención es que muchos grupos de presión quieran tapar el sol con un dedo negando toda controversia científica y quieran que el TC falle a favor de la píldora pasando por encima de la Constitución.A mi juicio, queda aún pendiente que en una próxima oportunidad el TC se pronuncie también sobre la prohibición de la venta libre de este controvertido fármaco lo cual no sería difícil dado este precedente. Aunque parece que no habría que esperar a eso ya que el TC ha dado razones suficientes para que el Ejecutivo por propia iniciativa retire dichas sustancias del mercado peruano. ¿Tendrá el coraje de enfrentarse a las farmacéuticas?El TC ha actuado esta vez como corresponde, con un debate democrático y técnico. Este fallo es histórico y tiene, a mi juicio, consecuencias directas también para el próximo debate legislativo sobre el aborto. Si se prohíbe la distribución de la píldora por su potencialidad abortiva, ¿con cuanta mayor razón será inconstitucional dejar sin sanción penal la práctica de los abortos directos que se pretende injustamente legislar?
http://elcomercio.pe/impresa/notas/duda-razonable/20091029/361462

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